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Concilio de Servicios de Asistencia Personal del Condado de Los Angeles

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PASC-SEIU Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa

Respuestas a Preguntas Frecuentes

Si me inscribo en el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa, ¿dónde obtengo servicios?

Si me inscribo en el PASC-SEIU Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa, ¿qué debo pagar?

¿Y si ya estoy inscripto en Medi-Cal o soy elegible para Medi-Cal?

¿Y si ya tengo otro plan de salud?

¿Dónde obtengo información sobre los beneficios provistos por el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa?

¿Quién es elegible para el plan de salud?

¿Y si decido no inscribirme en este momento?

¿Pueden inscribirse los cónyuges o dependientes?

¿Cómo escojo mi médico de atención primaria o pido citas cuando mi cobertura a través del Plan haya entrado en vigencia?

¿Cuándo iniciará la vigencia de la cobertura?

¿Cuándo recibiré mi paquete de nuevo miembro del Community Health Plan?

¿Cómo solicito la inscripcion?

¿Y si no deseo inscribirme?

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Si me inscribo en el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa, ¿dónde obtengo servicios?

Usted debe obtener sus servicios de cuidado de la salud en un establecimiento de salud del Condado designado, de un médico que figure en la lista de proveedores de cuidado de la salud aprobados del Condado. Usted recibirá un folleto con la lista de médicos y otros proveedores que atienden a las personas inscritas en este Plan.

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Si me inscribo en el PASC-SEIU Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa, ¿qué debo pagar?

Usted debe pagar una prima de $1 por mes por la cobertura. Dicha prima será deducida de su cheque. Además, usted debe pagar $5 por servicio para muchos servicios ambulatorios que reciba.

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¿Y si ya estoy inscripto en Medi-Cal o soy elegible para Medi-Cal?

Medi-Cal es una cobertura de cuidado de salud integral disponible para personas elegibles de bajos ingresos, generalmente sin cargos mensuales y sin tener que pagar al usar un servicio. Además, Medi-Cal cubre una amplia gama de servicios de salud. Si usted está inscripto en Medi-Cal o es elegible para Medi-Cal, usted debe comparar costos, copagos, y cobertura y decidir si desea o no inscribirse en el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa.

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¿Y si ya tengo otro plan de salud?

Si usted tiene cobertura existente a través de su cónyuge o por tener otro empleo, usted debe comparar los costos, cobertura, servicios provistos por dicho plan con el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa. Luego, decida cual es el mejor plan para usted..

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¿Dónde obtengo información sobre los beneficios provistos por el Plan de Cobertura Médica para Trabajadores de Cuidados en Casa?

Los trabajadores recibirán un Resumen de Beneficios que describe lo que el Plan de Cobertura Medica para Trabajadores de Cuidados en Casa provee. Si tiene preguntas adicionales, llame a CHP al 1-800-475-5550.

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¿Quién es elegible para el plan de salud?

Para ser elegible, los registros de datos deben indicar que usted ha sido autorizado por el Condado a trabajar 77 horas o más por mes en los últimos dos meses (effectivo 1 de Abril de 2011). Seguirá siendo elegible siempre y cuando continue su autorización para trabajar 77 horas por mes. Si la cantidad de horas de trabajo autorizadas cae a menos de 77 horas por mes durante dos meses seguidos, su cobertura será cancelada. Si se cancela su cobertura, usted es elegible para continuar la cobertura haciéndose responsable por el costo.

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¿Y si decido no inscribirme en este momento?

Usted podrá inscribirse en cualquier momento, siempre y cuando siga reuniendo los requisitos para la elegibilidad. Recuerde; para ser elegible, los registros de datos deben indicar que usted ha sido autorizado por el Condado a trabajar 77 o más horas por mes en los últimos dos meses, y que continua estando autorizado a trabajar 77 o más horas por mes al momento de su inscripción.

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¿Pueden inscribirse los cónyuges o dependientes?

La cobertura de cónyuges o dependientes no está disponible bajo este Plan. Sin embargo, los recién nacidos, hijos de madres inscriptas en el plan, están cubiertos durante los primeros 31 días a partir del parto.

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¿Cómo escojo mi médico de atención primaria o pido citas cuando mi cobertura a través del Plan haya entrado en vigencia?

Apenas haya sido aprobada su solicitud completa, usted recibirá un paquete de bienvenida al plan con mas información sobre el Plan y sus beneficios, su tarjeta de seguro del Plan y un directorio de farmacias, médicos, y otros proveedores de la salud participantes. También se le dará el nombre del médico de atención primaria que se le designó, sin embargo, si usted desea cambiar de médico, usted podrá escoger otro médico de atención primaria de la lista de médicos.

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¿Cuándo iniciará la vigencia de la cobertura?

Las solicitudes recibidas a más tardar el día 10 de cada mes entrarán en vigencia a partir del primer día del mes entrante. Las solicitudes procesadas despues del día 10 de cada mes, se dilatarán otro mes adicional.

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¿Cuándo recibiré mi paquete de nuevo miembro del Community Health Plan?

El paquete de bienvenida al Plan le será enviado cuando su solicitud sea aprobada y entre en vigencia. El paquete incluirá una carta de bienvenida, la guía para miembros, el directorio de farmacias y proveedores. Si usted no recibe este paquete despues de 10 días a partir de la fecha de enrolamiento, o si tiene preguntas respecto de los servicios, por favor llame al 1-800-475-5550.

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¿Cómo solicito la inscripcion?

Los trabajadores que sean elegibles para el Plan recibirán un formulario de inscripción a vuelta de correo. Aquellos trabajadores que desean inscribirse en el Plan deben firmar y enviarlos a PASC.

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¿Y si no deseo inscribirme?

Los trabajadores que reciban el formulario de inscripción y no deseen inscribirse simplemente deben marcar la casilla correspondiente en la tarjeta de “No, Gracias”y enviarlos a PASC.

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